1) Otorgamiento de poderes en Dinamarca para ser presentados en Argentina
Existen dos opciones igualmente válidas:
- Realizar un poder frente a notario danés: deberá ser legalizado con la Apostilla, y luego efectuar una traducción (también legalizada). En este caso, no hay intervención de este Consulado.
- Realizar un poder en este Consulado (no requiere legalización con la Apostilla).
2) Requisitos para realizar un poder en este Consulado
a) Ser mayor de edad.
b) Tener domicilio en Dinamarca. (De no haber realizado previamente este trámite: ver DNI - Cambio de domicilio. Los trámites de cambio de domicilio y otorgamiento de un poder pueden realizarse conjuntamente.) (De estar circunstancialmente en Dinamarca como turista, deberá presentarse documentación respaldatoria: tickets aéreos de ingreso y egreso.)
c) Un escribano de Argentina deberá remitir en un único email, dirigido a edina@mrecic.gov.ar, la siguiente documentación, perfectamente legible:
- Minuta del poder, en formato WORD (no PDF), en hoja con membrete de la escribanía y/o firma del profesional interviniente.
- Si hay bienes inmuebles o bienes muebles registrables involucrados: copia de escritura o de título de propiedad de donde surja la información catastral completa y demás datos del dominio. En este caso, la minuta deberá incluir el estado civil del poderdante.
- De mencionarse juicios en la Argentina: copia de la carátula del expediente judicial en cuestión.
- En el caso de apoderamiento de letrados: datos de colegiatura (Tomo, Matrícula y Colegio) y copias de ambas caras del DNI y de la matrícula profesional.
d) El solicitante (poderdante) deberá remitir en un único email, dirigido a edina@mrecic.gov.ar, la siguiente documentación, perfectamente legible:
- Formulario DDJJ de datos personales (descargar al pie de esta página), completado en todos sus campos, y firmado.
- Copia de ambas caras de los DNIs argentinos del poderdante y del apoderado. (Para ciudadanos extranjeros: copia del pasaporte.)
3) Procedimiento
Una vez recibida y analizada la documentación arriba detallada, el Consulado se contactará por email para coordinar la fijación de un turno para realizar el trámite, al cual deberá concurrirse con el DNI original.
El día del turno el solicitante firmará el Poder ante el Cónsul. El Poder quedará archivado en este Consulado, y al poderdante se le entregará un testimonio en formato papel, así como la impresión del documento en versión digital, cuyo archivo se le enviará por e-mail.
4) Arancel:
- Poder: 40 USD por cada 25 renglones o fracción en foja notarial (el formato y cantidad de renglones de la minuta no necesariamente coincidirá con la cantidad de renglones de la foja notarial); y
- Primer Testimonio para el interesado: 40 USD por cada 25 renglones o fracción en foja notarial.
Estos importes deberán abonarse mediante transferencia bancaria el día de la realización del trámite, en DKK según el tipo de cambio vigente al comienzo del mes.
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